Sucesiones en Posadas, Sucesiones en Misiones: ABOGADOS-ACTIVIDAD PROFESIONAL:ALCANCES

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Texto
Ni la presunción de onerosidad de la actividad laboral de los abogados, ni su derecho a percibir honorarios, son argumentos que por sí solos sean aptos para justificar la existencia de una sociedad irregular entre los letrados, que justifique en el presente caso, la obligación solidaria del co-apoderado, cuando la misma no ha sido establecida en el instrumento de mandato.
Fuente : OFICIAL
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA. SANTIAGO DEL ESTERO, SANTIAGO DEL ESTERO. [Sumarios relacionados]
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